sábado, 12 de marzo de 2011

Comercio intimó a la firma Cablevisión

Tiempo Argentino
12 de marzo de 2011

La Secretaría de Comercio Interior advirtió ayer que es de “cumplimiento obligatorio” la resolución que obliga a la empresa Cablevisión a devolver a sus clientes los montos cobrados de más entre los meses de enero y marzo.
La diferencia que deberá devolver Cablevisión debe ser hecha en tres cuotas consecutivas a partir de la factura de abril próximo, debido a que la Secretaría dispuso un valor de $ 109 para el abono básico del servicio de cable, luego que la empresa elevara, a principios de año, a$ 143 la tarifa mensual.
La secretaría recordó que la Resolución 50 tuvo por objeto establecer que las operaciones de comercialización del servicio de televisión paga deben regirse por determinadas pautas, “entre las cuales se encuentra la aplicación de la fórmula para determinar el monto básico de los servicios facturados por los prestadores de los servicios de televisión paga”.
Se destaca que Cablevisión, “por no haber observado las pautas ordenadas en la Resolución SCI Nº 50/2010”, denota “con su obrar su desinterés por los derechos de los usuarios y un total desprecio a la letra de ley”.
A su vez manifestó que “la empresa Cablevisión no habría dado cumplimiento a la misma, dado que no obran antecedentes de haber informado en los plazos establecidos a la Autoridad Administrativa, el monto facturado en concepto del servicio prestado (abono básico)”.
El tal sentido la dependencia oficial señaló que “si la empresa Cablevisión hubiere percibido en concepto de abono básico mensual una suma por sobre el precio fijado ($ 109,00), la misma deberá ser restituida al usuario en tres cuotas iguales y consecutivas, a partir de la factura del mes de abril de 2011”.

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