jueves, 30 de diciembre de 2010

Excluyen al Cuerpo Forense de los casos de apropiación

Por N.E
Para Tiempo Argentino
30 de diciembre de 2010

La resolución implica un respaldo para la institución cuestionada por Ernestina Herrera de Noble. Buscan evitar tercerizaciones.


La Corte Suprema de Justicia estableció que en las causas en las que se busca identificar a hijos de desaparecidos secuestrados junto con sus padres o nacidos en cautiverio sólo podrá intervenir para la realización de los exámenes de ADN el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG), excluyendo expresamente de esas prácticas al Cuerpo Médico Forense. La Corte dictó la Resolución 4102/2010, un virtual espaldarazo al BNDG, a raíz de un pedido formulado hace más de un año por la Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento de las Causas por Violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante el terrorismo de Estado, que depende de la Procuración General de la Nación. El 2 de diciembre de 2009, los fiscales Jorge Auat y Pablo Parenti, elevaron un pedido a la Corte en el que sostuvieron que “no obstante la claridad con que las leyes erigen al BNDG como único organismo habilitado para la realización de estos peritajes, se han detectado una serie de casos en los que jueces de distintas jurisdicciones del país encargan la práctica de estos estudios al Cuerpo MPdico Forense, organismo que al no contar con medios ni capacidad para ello, delega con criterios dispares la realización de estos peritajes en laboratorios públicos o privados.” La 26.548 define la misión y atribuciones del BNDG. La principal es “garantizar la obtención, almacenamiento y análisis de la información genética que sea necesaria como prueba para el esclarecimiento de delitos de lesa humanidad cuya ejecución se haya iniciado en el ámbito del Estado Nacional hasta el 10 de diciembre de 1983 y que permita la búsqueda de hijos y/o hijas de personas desaparecidas que hubiesen sido secuestrados junto a sus padres o hubiesen nacido durante el cautiverio de sus madres”. Pero la fiabilidad del Banco de Datos Genéticos que funciona en el Hospital Durand fue cuestionada por diversos abogados en causas vinculadas con delitos de lesa humanidad. Uno de los casos más salientes tiene que ver con el trámite, aún pendiente, de identificación de los hermanos Marcela y Felipe Noble Herrera, hijos adoptivos de la empresaria periodística Ernestina Herrera de Noble.
La ley establece que el director general técnico y “el resto de los profesionales” que integren el BNDG actuarán “como peritos oficiales exclusivos ante los jueces competentes en las causas penales” vinculadas con delitos de lesa humanidad. La Corte, con las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay, recordó que “entre las prácticas periciales que se llevan a cabo en el ámbito del Cuerpo Médico Forense se encuentra la realización de estudios genéticos de diversa índole”. Pero la ley excluye a ese estamento, y a cualquier otro, oficial o privado, de las causas por violaciones a los derechos humanos. “Corresponde a la Corte Suprema disponer lo necesario para que el referido Cuerpo Médico Forense cumpla sus funciones con estricto apego a las normas vigentes”, zanjó el máximo tribunal la aparente superposición de roles que en la práctica se estaba produciendo.

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