jueves, 2 de junio de 2011

Procesaron a Esteche por amenazar a miembros de la comunidad judía

Tiempo Argentino
2 de junio de 2011

Por Néstor Espósito

Fernando Esteche, el principal referente del grupo Quebracho, fue procesado por “amenazas coactivas agravadas” contra un grupo de manifestantes de la comunidad judía que realizaban una protesta “contra el terrorismo y por la paz en Medio Oriente”. Los hechos ocurrieron hace casi cinco años, el 23 de agosto de 2006, en la puerta de la Embajada de Irán. Un grupo de integrantes de Quebracho –algunos con la cara cubierta, aunque no Esteche– encabezó una contramanifestación “blandiendo palos y flameando banderas del grupo” con la declamada intención de “solidarizarse con el pueblo y el gobierno iraní”. Esteche dijo a los medios de prensa que cubrían el acto: “Lo que venimos a hacer es directamente impedir que el fanatismo y la misma agresión y prepotencia que lleva adelante en Medio Oriente lo quieran hacer este grupo de jóvenes fundamentalistas acá en la Argentina, así que vamos a apostar a una distancia prudencial de la embajada y vamos a impedir que estos jóvenes fanáticos alentados por otro fanático como es el embajador de Israel en Argentina vengan a montar esta provocación.”
Jorge Kirszenbaum y Luis Grynwald, como titulares de DAIA y AMIA, formularon la denuncia penal. Dos manifestantes, Gabriel Alejandro Gorenstein y Ariel Gustavo Polonsky, “coincidieron en afirmar que tanto ellos como el resto de las personas fueron amenazados con insultos y palos por los miembros de Quebracho con el objeto de que se retiren del lugar, y de esta manera impedir el acto frente a la Embajada de Irán”.
Tras un largo recorrido de mano en mano por cuestiones de competencia, la causa recayó en el juzgado federal a cargo de Ariel Lijo. El juez terminó de notificar en las últimas horas la resolución adoptada el 17 de mayo pasado, mediante la cual procesó a Esteche por un delito que contempla penas de hasta seis años de cárcel.
“Resultaría necio desconocer que la protesta ciudadana en la vía pública es una consecuencia necesaria del sistema democrático y que como tal no puede ser suprimida ni vulnerada arbitrariamente por el poder público… Sin embargo, esto no significa que quien comete un delito penal que afecta los derechos de terceros en el marco de una protesta social pueda alegar que dicha conducta se encuentra amparada en el derecho constitucional a la libertad de expresión”, explicó el juez.

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