sábado, 16 de abril de 2011

La justicia dictó la primera sentencia definitiva a favor de la Ley de Medios

Tiempo Argentino
16 de abril de 2011

Por Hernán Cocchi

La jueza Pura de Arrabal rechazó la demanda presentada por el legislador Enrique Thomas, quien había denunciado que se habían vulnerado sus derechos durante el debate en el Congreso. El fallo destaca los argumentos de la Corte.


La justicia cautelar de Clarín y compañía se resquebraja. La jueza Olga Pura de Arrabal rechazó esta semana la demanda presentada por el diputado del Peronismo Federal Enrique Thomas contra la Ley de Medios de la Democracia. Es el primer fallo sobre la cuestión de fondo en torno a los amparos que permitieron mantener suspendida la aplicación de la nueva norma durante 2010. El legislador había conseguido una medida cautelar a medida de los intereses de los grandes multimedios luego de la sanción del proyecto que reemplazó al viejo decreto-ley de Radiodifusión firmado por Jorge Rafael Videla.
La magistrada consideró que “con la prueba producida hasta el momento, no se alcanza la necesaria convicción que demuestre el modo en que el demandante fue inequívocamente privado de ejercer las atribuciones que le asisten como legislador”. Dicho de otro modo, los derechos de Thomas no fueron vulnerados durante el debate en el recinto como él había denunciado.
La Corte Suprema había opinado sobre este expediente. Los ministros sostuvieron que el diputado no había logrado demostrar “un perjuicio concreto” como para “impugnar la legitimidad de una norma”. La jueza Pura de Arrabal incluyó entre sus considerandos extractos del “fallo Thomas”, la resolución del máximo tribunal que revocó la primera medida cautelar lograda por el multimedios para suspender la aplicación de la Ley de Medios de la Democracia.
Pero esta primera sentencia va más allá. Luego del debate parlamentario que concluyó el 10 de octubre de 2009 con la aprobación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, los grandes multimedios intentaron lograr en la justicia lo que no pudieron en el Congreso: enterrar las nuevas reglas de juego que buscan desmonopolizar el negocio de los medios audiovisuales. La industria de las medidas cautelares se multiplicó en tiempo récord y lograron, al menos temporalmente, suspender la aplicación de la nueva ley. Esta vez, se les volvió en contra. Pura de Arrabal destacó en su fallo de esta semana “el carácter provisorio del juicio propio de las medidas cautelares”, el mismo criterio adoptado por la Corte en los sucesivos fallos sobre el tema.
Hoy queda una cautelar vigente contra la Ley de Medios. Las resoluciones de la Corte Suprema significaron grandes derrotas para el Grupo Clarín. Mientras que al comienzo fueron por todo y buscaban echar por tierra a la ley en su totalidad, sólo les resta intentar evitar que se les aplique el artículo 161 que establece el plazo de un año para adecuarse a las nuevas reglas de juego. Sin embargo, la última resolución del máximo tribunal sobre el tema ordena resolver la cuestión de fondo con celeridad y recomendó a los tribunales inferiores establecer un plazo razonable para la vigencia de las cautelares y evitar que estas medidas emulen sentencias definitivas. El juez Edmundo Carbone rechazó ponerle fecha de vencimiento al beneficio de Clarín, pero el Estado apeló. Esta vez, la Cámara pidió al magistrado de primera instancia el expediente, por lo que los abogados aguardan con esperanza las próximas noticias sobre el caso.

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